Obligatoriedad del registro de salarios

  1. Home
  2. »
  3. Asesoramiento Empresas
  4. »
  5. Ventajas de contar con una consultoría jurídica
registro salarial
Tabla de contenidos

Desde el 14 de abril de 2021 es obligatorio que todas las empresas tengan un registro de salarios. Así se aprobó en 2020 y se publicó en el RD 902/2020. Pero ¿qué es realmente un registro de salarios? ¿en qué consiste esta nueva medida? Desde LOMUG vamos a tratar de explicarte esta nueva medida de obligado cumplimiento para todas las empresas.

El registro de salarios es simplemente un documento donde se debe reflejar las retribuciones de los trabajadores de la plantilla de la empresa incluido el personal directivo y los altos cargos. Esta obligación empresarial nace de la Ley Orgánica 3/2007 de Igualdad y del Real Decreto 6/2019. Es importante aclarar que esta obligación que existía. Sin embargo, desde el 14 de abril, las empresas deberán adoptar el registro salarial según se dispone en el RD 902/2020.

El objetivo de esta medida es garantizar la transparencia en la configuración de las percepciones, así como garantizar un adecuado acceso a la información retributiva de las empresas al margen de su tamaño.

¿Qué debe incluir el registro de salarios?

En primer lugar, se debe elaborar un único registro para toda la empresa. En caso de formar parte de un grupo empresarial, se podrá tener un único plan de igualdad (deberá ser negociado según el artículo 87 del Estatuto de los Trabajadores).

Dicho esto, el registro de salarios deberá incluir los valores medios de los salarios, los complementos salariales y las percepciones extrasalariales de la plantilla desagregados por sexo. Asimismo, en el registro se debe incluir el personal contratado a tiempo parcial.

A este registro tendrá derecho de acceso la representación legal de los trabajadores. En caso de no existir esa representación, la información que se facilitará al trabajador se limitará a las diferencias porcentuales existentes en las retribuciones promediadas de hombres y mujeres.

En caso de existir representación legal en la empresa, el acceso al registro del trabajador se hará a través de la representación teniendo derecho a conocer el contenido del registro.

Modelo para elaborar el registro retributivo

Para facilitar el cumplimiento de esta normativa, el Ministerio de Trabajo y Economía Social y el Ministerio de Igualdad presentó una herramienta para la igualdad retributiva. Se trata de un dispositivo público y abierto que permite a las empresas diseñar un registro salarial de forma sencilla y fácil. Con esta medida se trata de solucionar la brecha salarial entre hombres y mujeres.

Además del registro, las empresas con más de 100 trabajadores a 7 de marzo de 2021 tendrán que realizar también una auditoria salarial obligatoriamente. En caso de tener una plantilla de entre 50 a 100 empleados, se podrá demorar esta auditoria hasta el 7 de marzo de 2022.

¿Necesitas ayuda para realizar el registro salarial de tu empresa? ¿No sabes cómo se hace una auditoria salarial?, consúltanos.

En LOMUG contamos con un servicio de asesoramiento para empresas. Ya seas autónomo o empresa, tenemos los mejores profesionales quienes te ayudarán con la gestión de tu negocio. Asesoramiento contable, laboral, nóminas, declaración de la renta…

Puntua este artículo
Contacta con nosotros
Rellena el formulario o llámanos al 910 20 17 94

LBC Asesores y consultores, s.l. le informa de que los datos de carácter personal que nos proporcione rellenando el presente formulario serán tratados por Marnature Solutions como responsable de esta web. La finalidad de la recogida y tratamiento de los datos personales que le solicitamos es para gestionar la solicitud que realiza en este formulario de contacto.  Legitimación: Consentimiento del interesado. El no introducir los datos de carácter personal que aparecen en el formulario como necesarios podrá tener como consecuencia que no podamos atender su solicitud. Podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, limitación y suprimir los datos como se explica en la información adicional. Información adicional: Puede consultar la información adicional y detallada sobre Protección de Datos en nuestra Política de Privacidad

Facebook
Twitter
LinkedIn
Pinterest
Reddit
Tumblr
Digg
Telegram
Pocket
WhatsApp
Email
Print

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Acepto la Política de privacidad

Responsable: Lomug Consulting, 2008, S.L. Finalidad: Responder a comentarios de nuestros artículos, así como el envío de nuevos artículos del blog y el aviso de nuevas actividades, algunas de las cuales podrían ser de carácter comercial. Legitimación: Consentimiento del interesado en este mismo formulario. DESTINATARIOS: No se cederán datos a terceros, salvo autorización expresa u obligación legal DERECHOS: Acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos, como se explica en la información adicional Información adicional: Puede consultar la información adicional y detallada sobre Protección de Datos en nuestra Política de Privacidad *

Scroll al inicio
Abrir chat
1
¿Necesitas ayuda?
Hola,
¿En qué podemos ayudarte?