Uno de los planes más comunes cuando llega el buen tiempo es hacer barbacoas al aire libre. Cuando se hacen en casas independientes o en chalet, no existe problema. Sin embargo, cuando se habla de hacer barbacoas en terrazas, áticos o zonas comunes de la urbanización es cuando sí puede haber problemas. Dicho esto, desde LOMUG recordamos que actualmente no existe una normativa estatal, autonómica o municipal que prohíba el uso de las barbacoas.
Aunque no existe una normativa específica, en la Ley de Propiedad Horizontal se recoge, concretamente en el artículo 7.2:
“Al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.
El presidente de la comunidad, a iniciativa propia o de cualquiera de los propietarios u ocupantes, requerirá a quien realice las actividades prohibidas por este apartado la inmediata cesación de las mismas, bajo apercibimiento de iniciar las acciones judiciales procedentes.
Si el infractor persistiere en su conducta el presidente, previa autorización de la Junta de propietarios, debidamente convocada al efecto, podrá entablar contra él acción de cesación que, en lo no previsto expresamente por este artículo, se sustanciará a través del juicio ordinario”.
Recomendación del CAFMadrid sobre barbacoas en comunidades
¿Qué se puede hacer para evitar este verano los problemas por el uso de las barbacoas en las comunidades de vecinos? El Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid (CAFMadrid) ha sacado una nota de prensa para prevenir sobre el correcto uso de las barbacoas en las comunidades.
Desde CAFMadrid recomiendan regular el uso de las barbacoas en las comunidades de propietarios mediante normas de régimen interno. Gracias a esto, se evitará no solo conflictos entre los vecinos, sino también posibles incendios. “Las barbacoas domésticas son elementos susceptibles de generar problemas en el inmueble, debido a una posible propagación de fuego, en caso de descuido”. Según comenta Isabel Bajo, presidenta de la CAFMadrid.
Asimismo, el CAFMadrid recuerda que el uso de las barbacoas puede ser restrictivo en caso de que provoque molestias al resto de los vecinos. “No olvidemos que el propietario del piso bajo con patio o del ático cuya terraza hace de cubierta del edificio tiene derecho al uso y disfrute de esa zona, pero no por ello este deja de ser un elemento común propiedad de la comunidad”, explica Isabel Bajo.
Si se trata de una barbacoa de construcción fija, para su uso es necesaria la utilización de un sistema independiente de evacuación de humos. Esto es lo que establece el Reglamento de Instalaciones Térmicas de los Edificios (RITE).