Comunidad de propietarios con morosidad ¿cómo gestionarla?

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Uno de los problemas que más quebradero de cabeza tienen las comunidades de propietarios es la morosidad. Hablamos de esos vecinos que se retrasan con el pago de sus obligaciones. En algunos casos, se trata de una o dos cuotas y son problemas puntuales que se resuelven rápidamente. Sin embargo, en otros casos, hablamos de deudas realmente escandalosas, de vecinos que llevan meses y años sin pagar la comunidad.

Si la comunidad cuenta con un administrador de fincas, este será el encargado de gestionar todo el proceso con el objetivo de que el vecino se ponga al día con las cuotas. En caso de no contar con este profesional, será el presidente de la comunidad quien deberá gestionar toda esta situación.

Sea como sea, la gran pregunta es cómo gestionar de forma correcta la morosidad en la comunidad de propietarios. Desde LOMUG te vamos a resolver algunas dudas. En caso de quedarte más preguntas o si estás buscando la ayuda de un profesional, consúltanos.

Gestión y solución a la morosidad

  • Convocar una junta de propietarios. El objetivo es que acudan los morosos a esta reunión para llegar a un acuerdo sobre los plazos y condiciones para pagar las cuotas que deben de la comunidad. Importante: enviar carta certificada, aclarar el motivo de la reunión y qué ocurrirá si no se presenta el moroso. En caso de tener un administrador de fincas, se encargará de todo esto.
  • Compromiso. El día de la reunión se debe llevar un documento que se especifique la deuda que tiene el moroso y el compromiso de asumirla por parte del propietario deudor. Esta acta debe explicar que ocurrirá si el propietario no cumple con el acuerdo. Asimismo, debe estar firmado por el secretario encargado, el administrador del edificio y por el propietario moroso.
  • Notificar procedimiento a seguir. Tras realizar la reunión, habrá que notificar a los deudores los pasos a seguir para pagar la deuda. En caso de no llegar a un acuerdo, se deberá notificar al moroso el procedimiento judicial a seguir. Todo debe estar por escrito y firmado tanto por el administrador como por el secretario o procurador.
  • Procedimiento judicial. Si el propietario moroso no se presenta a la reunión o no se llega a un acuerdo, entonces la comunidad deberá reclamar por vía judicial el pago de las cuotas. Se deberá presentar un escrito en el juzgado indicando el nombre de la comunidad reclamante, quiénes son los deudores, la residencia actual de los morosos y la deuda a pagar. Una vez aprobado por el juez, será quien notifique al deudor que tiene un plazo de 20 días para pagar la deuda.
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