Normas anti-covid en las piscinas comunitarias en Madrid

Home / administrador de fincas / Normas anti-covid en las piscinas comunitarias en Madrid

¿Podrán abrir las piscinas comunitarias de Madrid? Es la gran pregunta que se hacen miles y miles de vecinos en estos momentos ante la inminente llegada del verano y, por tanto, de la apertura de las piscinas de sus urbanizaciones. Al igual que ocurrió en 2020, la Comunidad de Madrid permitirá abrir las piscinas comunitarias. Eso sí, deberán cumplir una serie de requisitos para que se pueda disfrutar de un refrescante chapuzón de forma segura y sin miedo a contagiarse.

Hace unos días, la Comunidad de Madrid publicaba en su boletín oficial la orden de la Consejería de Sanidad con las nuevas restricciones que deben cumplir las piscinas de uso recreativo que hay en las comunidades de propietarios y urbanizaciones. Una de las nuevas normativas: respetar el límite del 60% de su capacidad de aforo. Por tanto, prácticamente todas las piscinas podrán abrir esta temporada.

Desde LOMUG, administrador de finca en Madrid, queremos recordar las medidas higiénico-sanitarias que se deben cumplir este año en las piscinas comunitarias. Toma nota para evitar sanciones y disfrutar de un baño seguro frente al Covid-19.

Una de las medidas que se debe cumplir es la reducción del aforo al 60%, como hemos comentado anteriormente. Para calcularlo

Medidas anti-covid en piscinas comunitarias 2021

se ha establecido que cada usuario debe disponer de tres metros cuadrados de la superficie de la zona de playa o recreo. Asimismo, será obligatorio que todos los usuarios lleven mascarilla tanto en los accesos como en los desplazamientos y cuando paseen por las instalaciones. ¿Cuándo podrán quitarse la mascarilla? Durante el baño y si permanecen sentados o tumbados en un espacio determinado, siempre que se esté al menos a tres metros cuadrados de la superficie.

En comunidades de propietarios con más de 30 viviendas será obligatorio que cuentan con un socorrista. Su función se limitará a la vigilancia del vaso de la piscina y, por tanto, no al control del aforo. Para eso, habrá que contratar a otra persona.

En todas las piscinas deberán poner un cartel o informar mediante mensajes de megafonía sobre las medidas higiénicas y de prevención que se deben realizar (distancia social, uso de la mascarilla…). También se debe señalizar ya sea mediante marcas o señales la zona de estancia de la piscina de forma que los objetos personales deberán permanecer dentro del perímetro establecido.

Por último y no menos importante, se deberán desinfectar las instalaciones con frecuencia, al menos dos veces al día. Una debe realizarse con carácter previo a la apertura de la jornada. Se deben limpiar y desinfectar toda la instalación poniendo especial atención a los espacios cerrados, vestuarios y baños.

¿Necesitáis contratar un administrador de fincas? ¡No esperes más! Contacta con nosotros. Te informaremos sobre nuestro servicio y precios.

Puntua este artículo

Comentarios(0)

Deja un comentario

Acepto la Política de privacidad

Responsable: Lomug Consulting, 2008, S.L. Finalidad: Responder a comentarios de nuestros artículos, así como el envío de nuevos artículos del blog y el aviso de nuevas actividades, algunas de las cuales podrían ser de carácter comercial. Legitimación: Consentimiento del interesado en este mismo formulario. DESTINATARIOS: No se cederán datos a terceros, salvo autorización expresa u obligación legal DERECHOS: Acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos, como se explica en la información adicional Información adicional: Puede consultar la información adicional y detallada sobre Protección de Datos en nuestra Política de Privacidad *


Abrir chat
1
¿Necesitas ayuda?
Hola,
¿En qué podemos ayudarte?
Call Now Button629 05 51 24