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Notificaciones 060: qué son y quién está obligado

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LOMUG notificaciones 060 - Notificaciones 060: qué son y quién está obligado
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¿Alguna vez te has olvidado de un trámite o cita que tenías con la Administración Pública o con Hacienda? Olvidarse de citas o trámites con la Agencia Tributaria o con la Administración Pública puede conllevar a un grave problema. Debido al ritmo frenético de vida que llevamos en la actualidad, no es difícil que se nos pase una cita o un trámite. Por ello, desde 2011, el Estado ha puesto al servicio de cualquier persona física o jurídica un servicio gratuito para recordar esas citaciones o trámites a presentar. Hablamos de las Notificaciones 060, un servicio con el que recibirás las notificaciones administrativas por vía telemática al móvil o a tu email.

Gracias a esta plataforma digital, la Administración enviará todo tipo de notificaciones de los diferentes organismos públicos (Hacienda, Seguridad Social, DGT…) a los usuarios que estén inscriptos. Por tanto, les recordarán las citas o trámites que deben presentar evitando así los olvidos y los problemas que conlleva no acudir a la cita o no realizar los trámites dentro de periodo establecido.

Cómo darse de alta en las Notificaciones 060

Si estás interesado en suscribirte, tan solo necesitarás el DNI electrónico (debe estar en vigor) y el certificado digital. Una vez que tengas estos documentos, deberás suscribirte a la Dirección Electrónica Habilitada. Una vez realizada la suscripción, tendrás acceso al buzón de notificaciones. Podrás configurar las Notificaciones 060 para recibir las que son obligatorias y las que no lo son.

Quiénes deben darse de alta obligatoriamente

Cualquier ciudadano puede darse de alta para recibir las notificaciones, aunque hay algunos sectores que están obligados. Según la Agencia Tributaria, algunos de los sectores que deben estar darse de alta son:

  • Sociedades Anónimos. (NIF A)
  • Personas físicas que no tengan nacionalidad española. (NIF N)
  • Uniones temporales de empresas. (NIF U)
  • Agrupaciones de interés económico. (NIF V)
  • Contribuyentes inscritos en el Registro de Grandes Empresas Agencia Tributaria.
  • Establecimientos de no residentes. (NIF W)
  • Contribuyentes en el Régimen especial del Grupo de Entidades del IVA, en el Régimen de Consolidación Fiscal del impuesto sobre Sociedades, en el Registro de Devolución Mensual del IVA.
  • Contribuyentes con autorización para presentar declaraciones aduaneras mediante el sistema de transmisión electrónica de datos.

Notificaciones 060

Ahorra tiempo en citaciones y trámites con la Administración Pública o la Agencia Tributaria gracias a las Notificaciones 060. Además, es un excelente servicio de notificaciones para evitar olvidos y, por tanto, problemas. No esperes más, date de alta y comienza a usar las Notificaciones 060. Para más información sobre este servicio, consúltanos. Asimismo, podremos ayudarte con tus gestiones si eres autónomo o empresario.

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