El Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), también llamado Impuesto de Plusvalías, se aplica a inmuebles urbanos y es recaudado por el correspondiente ayuntamiento diputación provincial por delegación. En cualquier caso, será el ayuntamiento quien marque el tipo impositivo. Por tanto, existen grandes variaciones entre municipio y municipio. Para cobrar este impuesto debe existir un incremento efecto del valor catastral los 20 años anteriores a la venta.
Muchos ayuntamientos han cobrado este impuesto hubiese o no hubiese incremento en el valor del inmueble. Por ello, los tribunales han determinado que solo se puede cobrar el Impuesto de Plusvalía en caso de revalorización real. El encargado de pagarlo será el vendedor de la propiedad o la persona que lo ha adquirido por herencia o donación. Al primero se le dan 30 días para pagar el impuesto mientras que al segundo se le dan 6 meses prorrogables para abonarlo.
Reclamación de plusvalía con LOMUG
Si acabas de vender un inmueble (casa, terreno…) a un precio de venta inferior al de compra y ya se ha abonado el impuesto de la plusvalía, desde LOMUG te recomendamos acudir al ayuntamiento correspondiente para solicitar la devolución de dicho dinero. Asimismo, te aconsejamos ponerte en contacto con nosotros para llevarte todo el proceso de la reclamación.
Para demostrar que has tenido una pérdida con la venta del inmueble, te servirá un informe pericial, aunque lo mejor es presentar los documentos públicos de adquisición y transmisión, las escrituras. Así se sabrá la diferencia real entre el valor de transmisión y valor de adquisición. Otro dato importante es que el vendedor debe calcular si han pasado cuatro años desde la liquidación del impuesto.
El primer paso es reclamarlo al ayuntamiento correspondiente. En caso de rechazo, podrá presentar un recurso de reposición ante el ayuntamiento o una reclamación al Tribunal Económico-Administrativo. Si esta reclamación también se desestima, entonces habrá que acudir a la vía judicial.
En nuestra gestoría consultoría jurídica podemos ayudarte con tu reclamación de plusvalía. Somos especialistas en la reclamación de plusvalías, derecho bancario, clausulas suelo y clausulas multidivisas. Nuevos datos nos avalan: 100% de reclamaciones ganadas. Además, no cobramos cantidades por adelantado y te ofrecemos total flexibilidad en la contratación. Infórmate sin compromiso alguno.