Declaración de la Renta y afectados por ERTE

Home / administrador de fincas / Declaración de la Renta y afectados por ERTE

La Campaña de la Renta 2020 estará marcada por la pandemia del coronavirus. El año pasado comenzó en pleno confinamiento domiciliario. En esta ocasión, la declaración de la Renta será la más particular de los últimos años, en especial a los ciudadanos afectados por un ERTE. Sin dudas, son uno de los sectores de la población que podrían verse obligados a pagar dinero a Hacienda. En otras palabras, que su declaración les salga a pagar. La buena noticia, si es que hay alguna, para este colectivo es que les permitirán fraccionar el pago en seis plazos, pero habrá una serie de requisitos y condiciones de obligado cumplimiento para poder beneficiarse.

¿Quién puede beneficiarse de este fraccionamiento? El principal requisito para fraccionar el pago en seis plazos es haber estado (contribuyente o cualquiera de la unidad familiar en caso de hacerla conjunta) en un ERTE durante 2020. Quedarán excluidos de esta medida los contribuyentes acogidos a régimen fiscal especial aplicable a trabajadores desplazados a territorio español.

Asimismo, el contribuyente no puede tener deudas por más de 30.000 euros en periodo voluntario o ejecutivo con cualquier organismo tributario español. Y, por supuesto, la declaración se debe presentar en plazo voluntario de autoliquidación e ingreso.

¿Beneficiario del pago fraccionado? Según la información proporcionada la Agencia Tributaria, el pago comenzará el 20 de julio y desde entonces, todos los 20 de cada mes hasta llegar a las seis mensualidades. En otras palabras, el pago irá de julio a diciembre. No se aplicará intereses de demora.

Obligación de declarar por tener dos o más pagadores

Los contribuyentes afectados por un ERTE en 2020 han tenido dos o más pagadores. Por un lado, el pago de su empresa. Por otro, el pago por parte del SEPE.

Desde LOMUG os recordamos que, de acuerdo a la Agencia Tributaria, están obligados a declarar todos los contribuyentes que hagan tenido dos o más pagadores siempre que los ingresos íntegros de trabajo sean al menos de 14.000 euros brutos anuales y el segundo pagador haga pagado 1.500 euros brutos o más.

Dicho esto, los expertos aconsejan a los afectados por ERTE en 2020 que de momento no realicen la declaración de la Renta, en especial a aquellos contribuyentes que no tengan regularizada su situación con el SEPE y que tengan dudas en sus datos. Esto se debe a los errores realizados por el SEPE en los pagos como, por ejemplo, nóminas superiores a las correspondientes no regularizadas (muchos contribuyentes cobraron de más por error).

Para más información sobre la Campaña de la Renta 2020 o para los contribuyentes afectados por un ERTE, contacta con nosotros.

Puntua este artículo

Comentarios(0)

Deja un comentario

Acepto la Política de privacidad

Responsable: Lomug Consulting, 2008, S.L. Finalidad: Responder a comentarios de nuestros artículos, así como el envío de nuevos artículos del blog y el aviso de nuevas actividades, algunas de las cuales podrían ser de carácter comercial. Legitimación: Consentimiento del interesado en este mismo formulario. DESTINATARIOS: No se cederán datos a terceros, salvo autorización expresa u obligación legal DERECHOS: Acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos, como se explica en la información adicional Información adicional: Puede consultar la información adicional y detallada sobre Protección de Datos en nuestra Política de Privacidad *


Abrir chat
1
¿Necesitas ayuda?
Hola,
¿En qué podemos ayudarte?
Call Now Button629 05 51 24